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LAS ASTURIAS DE TINEO PERIÓDICO DIGITAL
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PUBLICADO EL · REDACCIÓN

El Supremo mantiene los 15 años de prisión a un maestro por abusos a tres alumnas

La Sala de lo Penal inadmite, en un auto del 25 de junio, el recurso del condenado en una causa instruida en Tineo y rechaza la rebaja de las penas a cinco años en total.

Fachada del Tribunal Supremo, en Madrid
Fachada del Tribunal Supremo, en Madrid. Septiembre de 2025. Foto: Javier Perez Montes / Wikimedia Commons · CC BY-SA 4.0. Encuadre adaptado.

El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de un maestro condenado a quince años de prisión por abusos sexuales a tres alumnas menores de edad, en una causa instruida por el Juzgado de Instrucción número 1 de Tineo. El auto, fechado el 25 de junio de 2026, mantiene las tres penas de cinco años que había fijado el Tribunal Superior de Justicia de Asturias y respalda la valoración de las pruebas realizada durante el procedimiento.

La condena inicial fue dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Asturias el 25 de noviembre de 2025. Aquel tribunal impuso cinco años y un día de prisión por cada uno de los tres delitos continuados de abusos sexuales. Al resolver la apelación, el 23 de febrero de 2026, el TSJA eliminó ese día adicional de cada pena y confirmó el resto de la sentencia.

El maestro recurrió después al Supremo. Cuestionó la suficiencia de las pruebas, el carácter sexual de su conducta y la repetición de los hechos respecto de una de las víctimas. También solicitó una reducción de las penas mediante la aplicación de la reforma penal de 2022.

Los testimonios y su corroboración

El auto recoge que el condenado se sirvió de su posición como profesor para cometer los abusos. Los tribunales consideraron acreditada la reiteración de las conductas con las tres alumnas.

La defensa sostenía que los contactos habían sido muestras de afecto sin contenido sexual y que existían inconsistencias en las declaraciones. El Supremo rechaza que esos argumentos permitan cuestionar la condena: la valoración efectuada por la Audiencia y revisada por el TSJA se apoyaba en un conjunto de pruebas que considera suficiente y razonablemente examinado.

La resolución destaca que las menores mantuvieron la misma versión de los hechos sin contradicciones sustanciales y que no se apreciaron motivos que restaran credibilidad a sus testimonios. Sus declaraciones fueron valoradas junto con las de familiares y personal del colegio, los informes psicológicos y la documentación asistencial incorporada a la causa.

También respecto de la reiteración de los abusos, discutida por la defensa, el tribunal atiende al conjunto de lo declarado y al contexto descrito durante el juicio. El Supremo considera razonada la conclusión de que se produjeron varios actos.

El colegio como espacio de protección

Otra parte del recurso buscaba reducir las penas por la supuesta menor entidad de los hechos. El condenado solicitaba dos penas de un año y nueve meses y una tercera de un año y seis meses: cinco años de prisión en total.

El Supremo respalda la negativa del TSJA a aplicar esa reducción. Entre las circunstancias valoradas figuran la corta edad de las víctimas, que los hechos ocurrieran en un colegio y que su autor fuera una persona adulta revestida de autoridad que aprovechó esa posición.

La resolución subraya el significado del entorno escolar como ámbito de protección institucional. La relación entre el profesor y las alumnas, junto con la vulnerabilidad de estas, forma parte de las razones por las que los tribunales descartaron considerar los hechos de menor gravedad.

El auto concluye que la respuesta del tribunal de apelación fue lógica, motivada y conforme con la jurisprudencia. Por ello, inadmite los motivos de casación e impone las costas del recurso al condenado.

Además de las penas de prisión, la sentencia incluye la inhabilitación para empleos y actividades profesionales que impliquen contacto con menores y las prohibiciones de aproximación y comunicación con las víctimas.

Documento judicial: Auto del Tribunal Supremo de 25 de junio de 2026, ATS 7649/2026, ECLI ES:TS:2026:7649A, recurso 1875/2026. Consultar texto anonimizado del auto. Esta noticia omite datos identificativos de las menores.